domingo , 24 noviembre 2024
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Bares notables: reducción de alícuota de Ingresos Brutos del 3% al 1,5%.

Bares notables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: reducción de alícuota de Ingresos Brutos del 3% al 1,5%

La ley Tarifaria 6280 del GCBA, publicada el 23 de diciembre de 2019, rige desde el 1 de enero de 2020 y es aplicable a la presentación correspondiente al mes de enero de 2020.

La ley tarifaria 6280 del GCBA, publicada en el Boletín oficial el 23 de diciembre pasado, dispone en su ANEXO I Art. 18 -punto 46- «que los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de nuestra ciudad» (reconocidos como tal por lo dispuesto en el régimen establecido por Ley 5213) «pagarán el 1.5% como alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos».

Se debe tener en cuenta que según la citada Ley 5213, en su Art. 6, «la tasa es del 0% hasta la suma de pesos ciento veinte mil ($120.000)» sobre la base imponible de cada anticipo mensual. Quedando así el excedente alcanzado con Ia alícuota, que prevé la Ley Tarifaria, para los ingresos obtenidos por los Cafés, Bares, Billares y Confiterías Notables de la Ciudad de Buenos Aires que se incorporen al régimen de la presente Ley.

Después de varios años de gestiones de la Cámara de Cafés y Bares de la AHRCC ante las autoridades competentes, se logró finalmente este importante beneficio para los Bares Notables de la ciudad.
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