viernes , 29 marzo 2024
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En Villa La Angostura modificarán ordenanza para aplicar fuertes sanciones a alquileres turísticos temporarios

El proyecto lo presentó la Secretaría de Turismo municipal y fue consensuado con la Asociación de Hoteles y Restaurantes de Villa La Angostura. Prevé cambios en el régimen sancionatorio para que el Tribunal Municipal de Faltas lo pueda aplicar. Se estima que hay unas 4.000 camas «informales», casi la misma cantidad que la oferta oficial.

El secretario de Turismo municipal, Marcelo García Leyenda, presentó un proyecto para modificar la ordenanza 3013, sancionada en agosto pasado que creó el registro de alojamiento turístico temporario. Esa norma sancionada se incorporó al Código de Regulación Hotelera.

Secretario de Turismo municipal, Marcelo García Leyenda
Secretario de Turismo municipal, Marcelo García Leyenda

El proyecto propone desvincular el registro de alojamiento turístico temporario del Código de Regulación Hotelera y recomienda cambiar el régimen sancionatorio y el cobro de multas, que quedó en poder de la Secretaría de Turismo de la municipalidad.

La presidenta del Concejo Deliberante, la oficialista Silvana Gordillo, informó que el proyecto ingresó esta semana y fue consensuado con la Asociación de Hoteles y Restaurantes de Villa La Angostura. El proyecto propone crear el registro de alojamiento turístico temporario sin depender del Código de Regulación Hotelera.

Plantea crear un régimen sancionatorio que permita al Juzgado de Faltas municipal ejecutar las sanciones (multas) correspondientes una vez habilitada la casa o el departamento. Advierte que tal como quedó la ordenanza 3013 no se puede aplicar las multas. Entre las sanciones que propone figura por ejemplo una multa equivalente a un mínimo de 10 tarifas diarias por casa y/o departamento hasta la clausura en caso de falta o de incumplimiento total o parcial de alguno de los requisitos fijados en la ordenanza.

La misma multa se aplicará en caso de que se constate la falta de colocación del isologotipo identificatorio, otorgada por la Secretaría de Turismo municipal. En el caso de la no disponibilidad o la falta de actualización del libro de pasajeros se impondrá un apercibimiento o una multa de 10 tarifas diarias por casa y/o departamento hasta su clausura.

Las multas más altas, de 20 tarifas diarias hasta su clausura, se propone imponer por la falta de mantenimiento de la infraestructura, equipamiento y de todas aquellas cuestiones vinculadas a condiciones de seguridad e higiene en la prestación del servicio al pasajero y por la no autorización de la entrada de inspectores de la Secretaría de Turismo municipal debidamente acreditados por parte del propietario de la casa y/o departamento.

Plazas informales
El proyecto será analizado por los concejales en plenario y la idea es tomar una definición en los próximos días. El objetivo de los proyectos es avanzar en la regularización de la oferta hotelera informal que existe en Villa La Angostura.

La estimación oficial es que la oferta hotelera informal ronda las 4.000 plazas en Villa La Angostura, lo que representa casi la misma oferta que las plazas habilitadas.

Se define como Alojamiento Turístico Temporario (ATT) a “las unidades de vivienda que se ofrecen para alquiler turístico por un periodo superior a una noche e inferior a 30 días, con fines de ocio, negocios, turismo y afines, que brinden servicios turísticos inherentes a la actividad comercial de hotelería regulada en la ordenanza 1416 sus complementarias, Decreto Provincial 2790, reglamentaciones y sus modificatorias”. Los concejales establecieron que esos emprendimientos “deben operar comercialmente bajo la identificación de una misma marca comercial a través de la cual se publicitará y difundirá su actividad”.

Fuente: http://www.laangosturadigital.com.ar
Fotos: Archivo