La Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA) realizó el XIII Coloquio Tributario Hotelero Gastronómico FEHGRA 2016 el 6 y 7 de octubre en la Ciudad de Ushuaia.
CONCLUSIONES DEL XIII COLOQUIO TRIBUTARIO FEHGRA
1. REFORMA TRIBUTARIA. Es fundamental que el futuro sistema tributario se adapte a los regímenes que hoy funcionan en el mundo y que impliquen una verdadera simplificación y por ende una disminución de la carga administrativa.
Para nuestra actividad en particular la alícuota del IVA debería ser la del tipo reducido tal como funciona en casi todos los países, y sobre todo en aquellos que tienen un gran desarrollo en turismo (Francia, España, Italia, Alemania, Japón, Australia, Canadá, etc.).
2. La CARGA TRIBUTARIA sobre Restaurantes y Hoteles a la vez de ser la más alta de la historia es el principal factor anticompetitividad, aumentado a su vez por los tributos contenidos en los servicios, insumos y otros componentes del costo, observándose asimismo una importante disparidad a lo largo del país. Actualmente la carga tributaria representa entre un 37 y 40 % del precio final.
Otra de las principales consecuencias de esta elevada presión tributaria es el incentivo a la evasión y por ende a la competencia desleal.
3. COMPETENCIA DESLEAL. Se solicitó a las autoridades la erradicación de la informalidad e ilegalidad en el sector hotelero gastronómico.
4. LEY PYME. Los tratamientos diferenciales existentes debieran converger en la actual definición de PyME. La reglamentación debiera aclarar los siguientes puntos:
a. Prever el tratamiento de los anticipos del IGMP (Impuesto Ganancia Mínima Presunta) correspondientes a los ejercicios excluidos del tributo.
b. Debe aclararse que los beneficios comprenden a las personas humanas.
c. El cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias debiera operar contra el IVA.
d. El nuevo “IVA a 90 días” debiera armonizarse con el “IVA Trimestral”.
e. Debiera propiciarse un régimen de exteriorización de personal, y un régimen de fomento para el primer empleo.
f. Las PyME deben contribuir a la seguridad social con la alícuota del 17%.
g. Debe elevarse el alcance del régimen de reducción de contribuciones de seguridad social para micro empresas.
Además, FEHGRA manifiesta con relación al BLANQUEO que, ante la importante cantidad de aspectos controversiales que aún subsisten, es imprescindible que se terminen de dictar las normas para hacerlo operativo, ampliando los plazos para su cumplimiento efectivo.