Fines de semana extralargos. Del sábado 26 de febrero al martes 1 de marzo; del viernes 17 al lunes 20 de junio; del viernes 7 al lunes 10 de octubre; y del jueves 8 al domingo 11 de diciembre.
Feriados inamovibles. 1 de enero (Año Nuevo), 28 de febrero y 1 de marzo (Feriados de Carnaval), 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas) 15 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajador), 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo), 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano), 9 de julio (Día de la Independencia), 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y 25 de diciembre (Navidad).
Feriados trasladables. El 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes) se conmemorará el mismo viernes (no se puede trasladar al lunes siguiente porque coincide con el 20 de junio); el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) pasa al 15 de agosto; y el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) al 10 de octubre.
Feriados con fines turísticos. De acuerdo al decreto 789, se establecieron como feriados el 7 de octubre, 21 de noviembre y 9 de diciembre.